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    <identificador>BOCM-20110813-17</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/08/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Ministerio de Trabajo e Inmigración. Servicio Público de Empleo Estatal. Resolución expediente subvención formación continua</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>191</diario_numero>
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    <seccion>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO</seccion>
    <organismo>MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN</organismo>
    <organismo>Servicio Público de Empleo Estatal - Subdirección General de Políticas Activas de Empleo</organismo>
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  <texto>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO 
  MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 
 Servicio Público de Empleo Estatal
 Subdirección General de Políticas Activas de Empleo
 
 17 
 Resolución expediente subvención formación continua 
  La Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal ha dictado resolución, de 4 de mayo de 2011 que acuerda declarar responsable subsidiaria a doña Patricia Ramos Martín, con documento nacional de identidad número 51377204-B, con la obligación de reintegrar la cantidad de 206.142,43 euros, referente a los expedientes de subvención de formación continua F20023177 y F20032323, correspondientes a la deudora principal “Ceviss, Sociedad Limitada”, con domicilio a efectos de notificación sito en la calle Moreruela, número 58, 28050 Madrid.
  Habiéndose intentado infructuosamente la notificación conforme al artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se procede a la publicación del presente extracto.
  La interesada tiene a su disposición una copia íntegra de la citada resolución en las dependencias de la Unidad de Reintegros de Subvenciones de la Subdirección General de Políticas Activas de Empleo del Servicio Público de Empleo Estatal: calle Torrelaguna, número 56, 28027 Madrid.
  La deuda declarada deberá hacerse efectiva mediante ingreso en IBAN ES49 9000/ 0001/20/0203405113 del Banco de España, a nombre del Servicio Público de Empleo Estatal (INEM) en el plazo de quince días a partir del día siguiente a la publicación de la resolución, con indicación expresa del número de expediente a que se refiere.
  De no realizarse el reintegro en el plazo señalado, se exigirá en vía ejecutiva, según lo establecido en el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
  Contra la citada resolución la interesada podrá interponer recurso de alzada ante el ministro de Trabajo e Inmigración en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, según lo dispuesto en la disposición adicional undécima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en relación con los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. La interposición de recurso de alzada no suspende la ejecución de la obligación de reintegro.
  Madrid, a 4 de mayo de 2011..El subdirector general de Políticas Activas de Empleo, Adolfo Hernández Gordillo.
  (02/5.906/11)</texto>
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