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    <fecha_publicacion>2011/08/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 23. Juicio verbal 992 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>189</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 23</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 23 
 EDICTO
 
 74 
 Juicio verbal 992 de 2008 
  Don Salvador González Bascueña, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 23 de esta capital, en resolución de esta fecha dictada en los autos seguidos bajo el número 992 de 2008, sobre medidas relativas a menores, promovidos por doña Bertha María Ticone Jachacollo, representada por la procuradora doña María de los Ángeles Sánchez Fernández, contra don Eloy Cossío Alanes, en situación procesal de rebeldía, he acordado por medio del presente notificar a la mencionada parte demandada que en el referido procedimiento ha recaído sentencia de fecha 8 de julio de 2011, en la que en su parte dispositiva se acuerda lo siguiente:
  Desestimar la demanda interpuesta por doña Bertha María Ticone Jachacollo, representada por la procuradora doña María de los Ángeles Sánchez Fernández.
  No hacer especial pronunciamiento sobre las costas procesales.
  Haciéndose saber que contra la referida sentencia cabe recurso de apelación a interponer ante este Juzgado en el término de cinco días por medio de abogado y procurador.
  Y para que sirva de notificación en forma a don Eloy Cossío Alanes, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Dado en Madrid, a 12 de julio de 2011..El secretario (firmado).
  (03/26.782/11)</texto>
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