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    <fecha_publicacion>2011/08/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Quijorna. Régimen económico. Padrón fiscal y período pago voluntario</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>QUIJORNA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE QUIJORNA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 69 
 Padrón fiscal y período pago voluntario 
  Aprobado por decreto de Alcaldía de fecha 8 de julio de 2011 el padrón correspondiente al ejercicio 2011 del impuesto de actividades económicas, por el presente se pone en conocimiento de los contribuyentes por este concepto que dicho padrón se expondrá al público durante el plazo de treinta días a contar del siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que durante dicho período los legítimos interesados puedan formular, si lo estiman necesario, recurso de reposición, ante la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento, previo al contencioso-administrativo, y que el cobro de los mismos se realizará del modo siguiente:
  Período voluntario: desde el 1 de septiembre al 2 de noviembre de 2011.
  Recargo de apremio: transcurridos el plazo anteriormente citado, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, interés de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
  Este anuncio tiene carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación.
  Lo que se hace público para general conocimiento,
  Quijorna, a 8 de julio de 2011..La alcaldesa, Mercedes García Rodríguez.
  (02/6.835/11)</texto>
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