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    <identificador>BOCM-20110809-8</identificador>
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    <departamento>Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2011/08/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Plan especial de infraestructuras
– Resolución de 29 de julio de 2011, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo relativo al Plan Especial de Infraestructuras para la «Conexión del refuerzo de Aranjuez con el depósito de “El Gullón”», en el término municipal de Aranjuez, promovido por el Canal de Isabel II (Ac. 82/11)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>187</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO 
 
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 RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2011, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo relativo al Plan Especial de Infraestructuras para la «Conexión del refuerzo de Aranjuez con el depósito de “El Gullón”», en el término municipal de Aranjuez, promovido por el Canal de Isabel II (Ac. 82/11). 
  La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 28 de julio de 2011, examinó el expediente relativo al Plan Especial de Infraestructuras para la «Conexión del refuerzo de Aranjuez con el depósito de “El Gullón”», en el término municipal de Aranjuez, promovido por el Canal de Isabel II.
  En virtud del contenido del informe técnico-jurídico, de fecha 2 de junio de 2011, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General el día 22 de julio de 2011, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó el acuerdo del siguiente tenor literal:
  «Primero
  Aprobar definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras para la «Conexión del refuerzo de Aranjuez con el depósito de “El Gullón”», en el término municipal de Aranjuez, promovido por el Canal de Isabel II, con las condiciones que para su desarrollo se establecen en los siguientes informes sectoriales, obrantes en el expediente:
  .	Dirección General de Ordenación e Inspección de la Consejería de Sanidad, de fecha 7 de mayo de 2010.
  .	Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de fecha 8 de enero de 2010.
  .	Dirección General del Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de fechas 10 y 30 de agosto de 2010.
  .	Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, de fecha 6 de mayo de 2010.
  .	Dirección General de Patrimonio Histórico de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, de fecha 5 de octubre de 2010.
  .	Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA), de fecha 28 de abril de 2010.
  .	Dirección General del Medio Ambiente (Área de Vías Pecuarias) de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de fecha 29 de abril de 2010.
  Segundo
  Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».
  En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Especial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, y en www.madrid.org donde puede ser consultado.
  Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.
  Madrid, a 29 de julio de 2011..El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.
  (01/2.548/11)</texto>
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