<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110808-90</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/08/08</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 80. Procedimiento 949 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>186</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2011-08-08-186030820110151</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/08/BOCM-20110808-90.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/08/BOCM-20110808-90.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/08/BOCM-20110808-90.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80 
 EDICTO
 
 90 
 Procedimiento 949 de 2010 
  Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid.
  Hace saber: Que en el procedimiento de divorcio contencioso número 949 de 2010, a instancias de doña Alina Barba del Río, contra don John Fredy Londoño Gasca, declarado en situación de rebeldía procesal y en ignorado paradero, se ha dictado sentencia de fecha 30 de junio de 2010, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor siguiente:
  Sentencia número 340 de 2011
  En Madrid, a 30 de junio de 2011..Vistos por la ilustrísima señora doña María Dolores Planes Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al número 959 de 2010, sobre divorcio, a instancias de doña Alina Barba del Río, con documento nacional de identidad número 2285986-Q, representada por el procurador don Alfonso Juan Antonio Blanco Fernández y asistida del letrado don Jorge Bernal Lancis, contra don John Fredy Londoño Gasca, el cual ha sido declarado en situación de rebeldía procesal, en base a lo siguiente.
  Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por el procurador don Alfonso Juan Antonio Blanco Fernández, en nombre y representación de doña Alina Barba del Río, contra don John Fredy Londoño Gasca, debo declarar y declaro disuelto su matrimonio, por divorcio, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.
  Si hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.
  Comuníquese esta sentencia, una vez que sea firme, a las oficinas del Registro Civil en que conste la inscripción del matrimonio de las partes intervinientes en el proceso.
  Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid; el recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente al de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación en forma a don John Fredy Londoño Gasca y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, extiendo y firmo el presente.
  En Madrid, a 30 de junio de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/26.217/11)</texto>
</documento>