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    <fecha_publicacion>2011/08/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Demanda 541 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>186</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 121 
 Demanda 541 de 2011 
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 541 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Palma Torres, contra la empresa “Arpa Arquitectos, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia número 421, de fecha 6 de julio de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 421
  En Madrid, a 6 de julio de 2011..Vistos por doña Ana Fernández Valenti, magistrada-jueza sustituta en el Juzgado de lo social número 14 de Madrid, los presentes autos, sobre despido, siendo partes en los mismos: de una, como demandante, don Francisco Javier Palma Torres, asistido por el letrado don David García Asenjo, y de otra, como demandados, “Arpa Arquitectos, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, representado este último por la letrada doña María Elena Blanco Pérez.
  Fallo
  Estimo la demanda formulada por don Francisco Javier Palma Torres, frente a “Arpa Arquitectos, Sociedad Limitada”, y declaro la improcedencia de la decisión extintiva de su contrato de trabajo notificada por la empresa “Arpa Arquitectos, Sociedad Limitada”, y estando la empresa desaparecida, declaro extinguida la relación laboral que unía a las partes con efectos desde la fecha de esta sentencia, condenando a la demandada a estar y pasar por estas declaraciones, así como a que abone al actor en concepto de indemnización la cantidad de 94.791,78 euros, y por los salarios de tramitación del periodo 30 de marzo de 2011 a 6 de julio de 2011 la cantidad de 9.624,78 euros (noventa y nueve días por 97,22 euros/día).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Arpa Arquitectos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/26.409/11)</texto>
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