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    <identificador>BOCM-20110808-118</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2011/08/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 13. Ejecución 79 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>186</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13 
 EDICTO
 
 118 
 Ejecución 79 de 2010 
  Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 79 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Andrés Pedraza Guzmán, contra la empresa “Proyectos y Construcciones Ruiz, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 7 de julio de 2011 siguiente:
  Auto
  En Madrid, a 7 de julio de 2011.
  Parte dispositiva:
  Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Juan Andrés Pedraza Guzmán con la empresa “Proyectos y Construcciones Ruiz, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquel las cantidades siguientes:
  Nombre del trabajador: don Juan Andrés Pedraza Guzmán.
  Indemnización (45 ´ 45,98 ´ 1.904 : 365) : 10.793,33 euros, correspondientes a una antigüedad desde 18 de abril de 2006 al 30 de junio de 2009 (mil novecientos cuatro días) y un salario diario de 45,98 euros.
  Salarios (45,98 ´ 737) : 33.887,26 euros, correspondientes al devengo desde la fecha del despido hasta la fecha de la presente resolución (setecientos setenta y tres días).
  Notifíquese esta resolución a las partes, procediéndose en este momento a la notificación de la presente a la ejecutante mediante entrega de copia de la misma.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..El magistrado-juez de lo social, Ángel Juan Alonso Boggiero.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Proyectos y Construcciones Ruiz, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/26.348/11)</texto>
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