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    <fecha_publicacion>2011/08/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 6. Demanda 361 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 55 
 Demanda 361 de 2011 
  Doña Sagrario Coteño del Reino, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 361 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Matías Guerra Montaña, contra las empresas “Especialistas Saneamientos, Sociedad Limitada”, “Galvis XXI, Sociedad Limitada”, y don Miguel Ángel González Amblés, sobre movilidad geográfica y funcional, se ha dictado sentencia de fecha 20 de junio de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Fallo
  Que desestimando la demanda interpuesta por don Matías Guerra Montaña, contra “Especialistas Saneamientos, Sociedad Limitada” (“Esane, Sociedad Limitada”), y contra “Galvis XXI, Sociedad Limitada”, debo absolver y absuelvo a dichas codemandadas de las pretensiones deducidas en su contra.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Galvis XXI, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/26.387/11)</texto>
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