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    <titulo>– Móstoles. Régimen económico. Notificaciones resolución sanción</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MÓSTOLES</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 93 
 Notificaciones resolución sanción 
  Habiéndose intentado la notificación individual de la resolución de procedimientos administrativo-sancionadores por infracciones en materia de tráfico (según figura en relación adjunta), es por lo que en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 71.4 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en su redacción dada por Ley 18/2009, de 23 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” número 283, de 24 de noviembre de 2009) en adelante RDL, y artículo 97 de la Ordenanza de Tráfico y Circulación para la Ciudad de Móstoles, de 11 de mayo de 2006 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 253, de 24 de octubre de 2006), en adelante OTC, y artículos 124.4.ñ) y 124.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y en virtud de la delegación de competencias efectuada por decreto de Alcaldía número 2651/2011, de 14 de junio, y habiendo sido intentada la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, procede ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio del interesado, a los efectos previstos en el artículo 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  Vista la documentación obrante en el expediente, vengo a declarar a la persona/entidad reseñada en anexo adjunto responsable de la infracción imputada, debiendo hacer efectivo el importe total de la multa en el plazo de quince días naturales, transcurridos los cuales sin haber efectuado el pago en la entidad colaboradora “Caja Madrid” (número de cuenta 2038 2221 71 6000547155) o bien por giro postal, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio de conformidad con lo previsto en el artículo 90 del RDL y 95 de la OTC.
  Contra este acto que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la OTC, podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), ambos plazos contados a partir del día siguiente a esta notificación, sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime oportuno interponer.
  
     
 
   En Móstoles, a 21 de julio de 2011..El alcalde en funciones, Daniel Ortiz Espejo.
  (02/6.924/11)</texto>
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