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    <fecha_publicacion>2011/08/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Guadarrama. Régimen económico. Impuestos bienes inmuebles ejercicio 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>GUADARRAMA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 56 
 Impuestos bienes inmuebles ejercicio 2011 
  Que desde el día 15 de julio de 2011, y por el plazo de un mes, se expondrán al público en la Oficina del Catastro de Guadarrama, sita en la calle Recadero Collar, sin número, los padrones de los impuestos de bienes inmuebles (urbana y rústica) correspondienten al ejercicio 2011.
  Los interesados podrán examinar las referidas listas cobratorias, así como interponer contra las mismas recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente bando, así como las solicitudes de revisión para rectificación de errores materiales o de hecho que al amparo del artículo 220 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, consideren convenientes.
  La interposición de recurso o presentación de instancia, en su caso, no detendrá la acción administrativa de la cobranza, a no ser que se solicite la suspensión del acto impugnado, previo depósito de fianza o aval en la Tesorería Municipal, por el importe del recibo recurrido. No obstante, cuando en el recurso o instancia se acredite debidamente el error material o de hecho no será necesario la presentación de aval o fianza para la solicitud de la suspensión.
  El pago del citado impuesto podrá realizarse en período voluntario desde el día 1 de octubre al 30 de noviembre de 2011.
  Transcurrido el período voluntario los recibos que resulten impagados serán exaccionados por la vía de apremio.
  En Guadarrama..Firmado.
  (02/6.790/11)</texto>
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