<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110805-216</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE MADRID NÚMERO 3</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/08/05</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 3. Divorcio contencioso 17 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>184</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2011-08-05-184030820110238</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/05/BOCM-20110805-216.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/05/BOCM-20110805-216.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/05/BOCM-20110805-216.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Violencia sobre la Mujer:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Violencia sobre la Mujer:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE MADRID NÚMERO 3</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 216 
 Divorcio contencioso 17 de 2010 
  Don Francisco Ángel Fernández Caballero, secretario del Juzgado de violencia sobre la mujer número 3 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el divorcio contencioso número 17 de 2010, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 29 de 2011
  En la villa de Madrid, a 11 de julio de 2011..Doña María Luisa Álvarez-Castellanos Villanueva, ilustrísima señora magistrada-juez del Juzgado de violencia sobre la mujer número 3 de los de Madrid y su partido judicial, habiendo visto los autos de divorcio contencioso número 17 de 2010, instado por doña María Mihaela Lupu, representada por el procurador don Luis María Carreras Egaña y asistida por la letrada doña Pilar Almarza Platero, contra don Teodor Ioan Lupu, declara en rebeldía, con la intervención del ministerio fiscal, por la autoridad conferida por el pueblo y en nombre de su majestad el Rey, vengo a dictar esta sentencia.
  Fallo
  Que, estimando la demanda de divorcio interpuesta por doña María Mihaela Lupu, contra don Teodor Ioan Lupu, debo declarar y declaro la disolución de su matrimonio por divorcio.
  Han de adoptarse las siguientes medidas y efectos del divorcio:
  1.o  Atribuir la patria potestad sobre la hija menor de edad Izabela-Alicia Lupu, a sus progenitores, don Teodor Ioan Lupu y doña Mihaela Lupu.
  2.o  Atribuir la guarda y custodia de la hija menor de edad Izabela-Alicia Lupu, a su madre doña Mihaela Lupu.
  3.o  No establecer un régimen de visitas y comunicaciones de don Teodor Ioan Lupu con su hija menor de edad, Izabela-Alicia Lupu, en las condiciones establecidas en el cuarto razonamiento jurídico tercero.
  4.o  Fijar una pensión alimenticia a favor de Izabela-Alicia Lupu, por importe de 200 euros mensuales, que habrá de ser satisfecha por don Teodor Ioan Lupu, en las condiciones establecidas en el quinto razonamiento jurídico.
  5.o  Quedan definitivamente revocadas los poderes y consentimientos otorgados por cónyuges del uno al otro, así como la posibilidad de vincular bienes privativos de uno de los cónyuges al ejercicio de la potestad doméstica.
  6.o  Queda disuelta la sociedad económica matrimonial. Los cónyuges podrán proceder a su liquidación mediante el trámite de proceso de ejecución de la presente sentencia, si no se alcanzan un acuerdo.
  No se hace expresa de imposición de las costas,
  Comuníquese esta sentencia al juez encargado del Registro Civil Central de Madrid, una vez firme.
  Así lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Teodor Ioan Lupu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
  En Madrid, a 14 de julio de 2011..El secretario (firmado).
  (03/27.184/11)</texto>
</documento>