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    <fecha_publicacion>2011/08/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Demanda 328 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>184</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 168 
 Demanda 328 de 2010 
  Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 328 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Vicente Paredes Martínez, contra la empresa “Free Electrónica, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución en fecha 30 de junio de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Que estimando la demanda interpuesta por don Vicente Paredes Martínez, contra la empresa “Free Electrónica, Sociedad Anónima”, y con citación del Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen debo condenar y condeno a la empresa demandada al abono a la actora de la cantidad de 745,38 euros, más el interés legal previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores (10 por 100).
  Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe al Fondo de Garantía Salarial.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Free Electrónica, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/26.210/11)</texto>
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