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    <fecha_publicacion>2011/08/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 4. Demanda 119 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 144 
 Demanda 119 de 2011 
  Doña Ana María Ruiz Tejero, secretaria de lo social del número 4 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 119 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Walid Benyamin Assi, contra “Atlanta Desarrollo y Proyectos, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Ana María Ruiz Tejero..En Madrid, a 15 de junio de 2011.
  Se tiene por formalizado en tiempo y forma el recurso de suplicación interpuesto en su día contra la sentencia dictada en este proceso. Se acuerda formar pieza separada que se encabezará con testimonio de la resolución recurrida y dar traslado del escrito de formalización a la parte contraria para su impugnación, si así le conviniere, en término de cinco días, impugnación que deberá llevar firma de letrado para su admisión a trámite. Se advierte a las partes para que señalen en su escrito de impugnación domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de esta Comunidad Autónoma a los efectos previstos en el artículo 196 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Notifíquese a las partes.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Así lo mando y firmo..La secretaria judicial (firmado).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones dirigidas se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Atlanta Desarrollo y Proyectos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 6 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/26.137/11)</texto>
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