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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 56</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/08/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 56. Procedimiento ordinario 1.010 de 2007</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>184</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 56</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 56 
 EDICTO
 
 117 
 Procedimiento ordinario 1.010 de 2007 
  Doña María Ángeles Muñoz Rodríguez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 56 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 1.010 de 2007, seguido en este Juzgado a instancias de doña Rosa María Toledano Moronta, representada por el procurador don Pablo Hornedo Muguiro, contra la entidad “Norah, Sociedad Anónima”, sobre declaración de pleno dominio sobre bien inmueble, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:
  Sentencia
  En Madrid, a 22 de octubre de 2010..Doña Ana Cristina Lledó Fernández, magistrada-juez de primera instancia del número 56 de los de Madrid, habiendo visto los presentes autos de procedimiento ordinario número 1.010 de 2007, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, doña Rosa María Toledano Moronta, con procurador don Pablo Hornedo Muguiro, y de otra, como demandada, “Norah, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, y en atención al siguiente
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por el procurador señor Hornedo Muguiro, en nombre y representación de doña Rosa María Toledano Moronta, debo declarar y declaro la prescripción adquisitiva por la referida actora de la vivienda sita en Madrid, calle Godella, número 129, de la urbanización de “San Cristóbal de los Ángeles”, planta sexta, puerta izquierda, e inscrita en el Registro de la Propiedad número 41 de Madrid, al tomo 188, folio 188, finca número 15.693, con inscripción en el Registro de la Propiedad de tal dominio sobre la referida vivienda y cancelación de las inscripciones contradictorias, debiendo la demandada “Norah, Sociedad Anónima”, pasar por esta declaración, y todo ello con expresa imposición de costas a la referida demandada.
  Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días desde la notificación de la misma y previa constitución de un depósito de 50 euros, que se consignará en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado número 2653, en el modo y forma previstos por la disposición adicional decimoquinta de la Ley 1/2009, de 3 de noviembre.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia a la entidad demandada “Norah, Sociedad Anónima”, haciéndole saber el recurso y plazo que contra la misma cabe.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de la entidad “Norah, Sociedad Anónima”, para que sirva de notificación a la referida demandada y para su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, extiendo y firmo el presente en Madrid, a 31 de mayo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (02/6.888/11)</texto>
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