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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/07/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 31. Demanda 320 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>172</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 187 
 Demanda 320 de 2011 
  Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 320 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Palomo Redondo, contra la empresa “Confección, Instalación Tapizados, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Que estimando la demanda interpuesta por de doña María del Carmen Palomo Redondo, contra Fondo de Garantía Salarial y la empresa “Confección, Instalación Tapizados, Sociedad Limitada”, no comparecida en el procedimiento pese a estar citada en legal forma, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de 322,08 euros, más el 10 por 100 de interés de mora. En cuanto al Fondo de Garantía Salarial habrá de estar y pasar por esta declaración.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Confección, Instalación Tapizados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 24 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/24.295/11)</texto>
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