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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2011/07/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Colmenar Viejo. Urbanismo. Proyecto urbanización Sector 6, Alto Eugenio</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>171</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Colmenar Viejo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO 
 URBANISMO
 
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 Proyecto urbanización Sector 6, Alto Eugenio 
  La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 18 de mayo de 2011, adoptó el siguiente acuerdo:
  Primero..Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización correspondiente al Sector número 6, “Alto Eugenio”, del vigente Plan General de Ordenación Urbana, presentado por la Junta de Compensación constituida en dicho Sector de conformidad con lo dispuesto en los artículos 106 y siguientes de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  Segundo..Con carácter previo al comienzo de las obras deberá constituirse por el promotor garantía de la correcta ejecución de las mismas por importe del 50 por 100 del presupuesto de ejecución previsto.
  Lo que se hace público para general conocimiento, significando que contra dicho acto, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este mismo órgano. Contra la resolución desestimatoria del mismo, expresa o por el transcurso de un mes desde la interposición sin que hubiera recaído acuerdo al respecto, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, si la resolución fue expresa, o de seis, si no lo hubiera sido (artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), sin perjuicio de utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.
  Colmenar Viejo, a 1 de junio de 2011..El alcalde, José María de Federico Corral.
  (02/5.650/11)</texto>
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