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    <fecha_publicacion>2011/07/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Coslada número 6. Procedimiento ordinario 781 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>167</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 6 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 122 
 Procedimiento ordinario 781 de 2008 
  En el procedimiento ordinario número 781 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Coslada (Madrid), a 25 de octubre de 2010..Vistos por mí, doña Elena Sanabria Seguido, magistrada-juez sustituta de los Juzgados de Coslada, actuando reglamentariamente en el Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de esta localidad, los autos de juicio ordinario número 781 de 2008, seguido a instancias de “Banque PSA Finance”, sucursal en España, representada por la procuradora señora Iglesias Martín y asistida del letrado señor Guerrero Prats, contra don Edim Homero Urbina Tapia, en rebeldía.
  Fallo
  Estimando la demanda presentada por la procuradora señora Iglesias Martín, en nombre y representación de “Banque PSA Finance”, sucursal en España, contra don Edim Homero Urbina Tapia, debo condenar y condeno al citado demandado a que abone a la actora la cantidad de 7.513,50 euros de principal, más el interés de dicha suma a razón de un 2 por 100 mensual desde la interposición de la demanda, condenándole, igualmente, al abono de las costas causadas en la presente instancia.
  Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a partir de su notificación, y de conformidad con la Ley Orgánica 1/2009, que crea la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para la interposición del citado recurso deberá consignar el importe de 50 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, acreditando dicha consignación en el escrito de interposición del recurso.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Edim Homero Urbina Tapia, se extiende la presente para que sirva de notificación de la sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva se reproducen anteriormente.
  Coslada, a 20 de mayo de 2011..La secretaria (firmado).
  (02/6.211/11)</texto>
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