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    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 48</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/07/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 48. Juicio de faltas 576 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>167</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 48</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 48 
 EDICTO
 
 117 
 Juicio de faltas 576 de 2010 
  Doña Nieves Moreno Carrero, secretaria del Juzgado de instrucción número 48 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 576 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Vistos por mí, doña Aránzazu María González Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 48 de esta ciudad, los presentes autos de juicio de faltas seguidos en este Juzgado con el número 576 de 2010, sobre una presunta falta de hurto, con intervención del ministerio fiscal en representación de la acción pública, en los que figuran como denunciante doña Laura González Aguza; como perjudicado el establecimiento comercial “Berska”, representado por la letrada señora García Luque, y como denunciada doña Roxana del Carmen Romero Vera, cuyas demás circunstancias constan debidamente acreditadas en las actuaciones, y cuyo fallo dice:
  Que debo condenar y condeno a doña Roxana del Carmen Romero Vera, como responsable en concepto de autora de una falta de hurto, ya definida, a la pena de treinta días de multa, a razón de 6 euros/día, lo que hace un total de 180 euros, así como al abono de las costas procesales, si las hubiere.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Roxana del Carmen Romero Vera, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 25 de mayo de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/23.458/11)</texto>
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