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    <fecha_publicacion>2011/07/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 8. Juicio de faltas 392 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>166</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 8 
 EDICTO
 
 149 
 Juicio de faltas 392 de 2010 
  Doña Matilde García Moreno, secretaria del Juzgado de instrucción número 8 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 392 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
  Sentencia
  En Leganés, a 14 de abril de 2011..Vistos por doña Blanca Grand Delgado, magistrada-juez titular del Juzgado de instrucción número 8 de esta ciudad, los presentes autos de juicio de faltas seguidos en este Juzgado con el número 392 de 2010, sobre falta de hurto, habiendo sido partes: la entidad “Opencor”, en calidad de perjudicada; don Abraham Arenas López, en calidad de denunciado, y el ministerio fiscal, en representación de la acción pública.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Abraham Arenas López, como autor penalmente responsable de una falta de hurto, a la pena de sesenta días de multa, con cuota diaria de 6 euros, haciendo un total de 360 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como al pago de las costas de este procedimiento.
  Se alza el depósito de los efectos que fueron intervenidos y que quedaron en poder del perjudicado.
  Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en cinco días a contar de su notificación, mediante escrito motivado a presentar en este Juzgado para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
  Así lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia al condenado don Abraham Arenas López, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 9 de junio de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/23.310/11)</texto>
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