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    <identificador>BOCM-20110712-84</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/07/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 85. Divorcio contencioso 536 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>163</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85 
 EDICTO
 
 84 
 Divorcio contencioso 536 de 2009 
  Doña Zulema Sepulveda García, secretaria del Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid.
  Hace saber: Que en este Tribunal se tramita procedimiento de divorcio contencioso número 536 de 2009, a instancias de doña M. del Rosario Aller Cuesta, contra don Nicanor García García, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  En Madrid, a 4 de febrero de 2011..La ilustrísima señora doña María Serantes Gómez, magistrada-juez de primera instancia número 85 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de divorcio contencioso número 536 de 2009, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, doña M. del Rosario Aller Cuesta, con procurador don Manuel Lanchares Perlado y letrado señor don Miguel Ángel Márquez Arcos, y de otra, como demandado don Nicanor García García, y…
  Fallo
  Que estimando la demanda presentada por el procurador señor don Manuel Lanchares Perlado, en nombre y representación de doña M. del Rosario Aller Cuesta, frente a don Nicanor García García, en situación procesal de rebeldía, debo decretar y decreto la disolución por divorcio del matrimonio formado por los cónyuges don Nicanor García García y doña M. del Rosario Aller Cuesta, celebrado el día 3 de septiembre de 1983 en León, con los efectos legales inherentes a tal situación.
  En Madrid, a 20 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (02/6.087/11)</texto>
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