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    <identificador>BOCM-20110712-214</identificador>
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    <fecha_publicacion>2011/07/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Procedimiento ordinario 2 de 2010-P</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>163</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Violencia sobre la Mujer:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 214 
 Procedimiento ordinario 2 de 2010-P 
  En el juicio de procedimiento ordinario número 2 de 2010-P, se ha dictado la sentencia número 23 de 2011, de 27 de abril de 2011, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
  Fallo
  Estimo parcialmente la demanda de juicio ordinario formulada por el procurador señor Julvez Peris-Martín, en nombre y representación de doña Engracia Siko Thomas, frente a don Rogelio Chopa Botey, en situación de rebeldía procesal, sin especial condena en costas.
  Acuerdo atribuir el uso y disfrute del domicilio familiar a la señora Siko Thomas.
  Condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de 7.116,33 euros y su interés legal desde la interpelación judicial.
  Condeno al demandado a abonar la demandante, por meses anticipados y dentro de los cinco primeros días de cada mes, la cantidad correspondiente a un tercio de la mensualidad para contribuir a las cuotas del préstamo hipotecario y gastos de la vivienda en la cuenta bancaria de “Caja Madrid” 2038 2251 93 3002073739, cantidad que será revisada anual o semestralmente conforme a las fluctuaciones que experimente los intereses que gravan dicha hipoteca.
  No ha lugar a fijar pensión compensatoria.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Contra esta resolución, que no es firme, cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación, ante este Juzgado, recurso del que conocerá la Audiencia Provincial de Madrid. Póngase en conocimiento de las partes que si desean recurrir la presente deberán proceder a constituir un depósito de 50 euros de acuerdo con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009.
  Lo acuerda, manda y firma.
  En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Rogelio Chopa Botey la sentencia dictada en el juicio ordinario 2 de 2010, y para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Móstoles, a 10 de mayo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (02/5.891/11)</texto>
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