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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/07/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2. Demanda 305 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>163</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 200 
 Demanda 305 de 2010 
  Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 305 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Jesús Solís Conde, contra la empresa “Hacais Construcciones Unidas, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 3 de junio de 2011, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Estimando la demanda interpuesta por don Juan Jesús Solís Conde, frente a la empresa “Hacais Construcciones Unidas, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la mercantil demandada a abonar al actor la cantidad de 1.335,29 euros en concepto de los salarios adeudados, incrementada en el 10 por 100, en concepto de interés por mora.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Hacais Construcciones Unidas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 8 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/22.762/11)</texto>
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