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    <identificador>BOCM-20110712-187</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/07/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Demanda 187 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>163</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 187 
 Demanda 187 de 2011 
  Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 187 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Muñoz Barrios, contra la empresa “Aisladecal, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 31 de mayo de 2011, del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Estimando la demanda formulada por don Antonio Muñoz Barrios, contra “Aisladecal, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que une a la parte actora con la empresa demandada y, en consecuencia, condeno a la demandada a que indemnice a la parte demandante en la cantidad de 52.804,62 euros.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aisladecal, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de junio de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/23.224/11)</texto>
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