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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/07/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 23. Demanda 1.371 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>163</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 151 
 Demanda 1.371 de 2010 
  Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.371 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alicia Victoria Grimaldi Soria, contra la empresa “Ballestas Carrasco, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son las siguientes:
  Sentencia número 227 de 2011
  En Madrid, a 8 de junio de 2011..Habiendo visto el ilustrísimo don Jorge Juan Guillén Olcina, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 23 de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal número 1.371 de 2010, sobre reclamación de cantidad, seguidos entre partes: de una, como demandante, doña Alicia Victoria Grimaldi Soria, asistida del letrado don Miguel Zumalacárregui Pita, y de otra, como demandados, “Ballestas Carrasco, Sociedad Limitada”, que no compareció pese a estar citada en legal forma, y habiendo sido llamado a juicio el Fondo de Garantía Salarial, que tampoco asistió, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando la demanda promovida por doña Alicia Victoria Grimaldi Soria, frente a la empresa “Ballestas Carrasco, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, condeno a la demandada a que abone a la parte demandante la cantidad de 1.226,50 euros por los conceptos reclamados en su demanda, más un 10 por 100 en concepto de interés anual por mora en proporción al período transcurrido desde el de 6 de octubre de 2010 hasta la fecha.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ballestas Carrasco, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/22.717/11)</texto>
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