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    <fecha_publicacion>2011/07/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Pinilla del Valle. Régimen económico. Impuesto bienes inmuebles naturaleza rústica ejercicio 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>PINILLA DEL VALLE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE PINILLA DEL VALLE 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 56 
 Impuesto bienes inmuebles naturaleza rústica ejercicio 2011 
  Doña María Gema Ramírez Peñas, alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Pinilla del Valle (Madrid).
  Hace saber: Que los padrones tributarios referentes a los siguientes impuestos: impuesto de vehículos de tracción mecánica, impuesto de actividades económicas, impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana e impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica, correspondientes todos ellos al ejercicio 2011, se encuentran expuestos al público en el Ayuntamiento a fin de que puedan ser examinados durante el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Pudiendo interponer recurso de reposición ante la alcaldesa-presidenta, en el plazo de un mes a contar desde la finalización del período de exposición pública de dichos padrones.
  Asimismo, se comunica a los contribuyentes afectados por dicho impuesto que podrán hacer efectivo el pago del mismo en la Oficina de Recaudación Municipal, sita en el Ayuntamiento, los días y horas que se señalen para ello, y que se comunicarán mediante edictos. Pudiendo, además, hacer uso de la domiciliación bancaria, así como a través de las Cuentas Restringidas de Recaudación.
  El plazo de pago en período voluntario es desde el día 1 de agosto al 31 de octubre de 2011.
  Transcurrido dicho plazo se iniciará el procedimiento ejecutivo de apremio administrativo, de conformidad con las disposiciones establecidas en el vigente Reglamento General de Recaudación, procediéndose al cobro de las cuotas que no hayan sido satisfechas con el recargo correspondiente, más los intereses de demora y costas devengadas durante el procedimiento.
  El presente anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y artículo 24 del Reglamento General de Recaudación.
  Lo que se hace público para general conocimiento.
  Pinilla del Valle, a 6 de junio de 2011..La alcaldesa, María Gema Ramírez Peñas.
  (02/5.896/11)</texto>
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