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    <identificador>BOCM-20110707-134</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/07/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Demanda 1.600 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>159</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 134 
 Demanda 1.600 de 2009 
  Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.600 de 2009 y acumulado número 1.601 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Miguel Caballero Moya y don Ángel Caballero Moya, contra la empresa “Cerámica Técnica de Henares, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la sentencia número 200 de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Fallo
  Estimando en parte la demanda, condeno a “Cerámica Técnica de Henares, Sociedad Anónima”, a abonar:
  A don Luis Miguel Caballero Moya: 10.300,26 euros.
  A don Ángel Caballero Moya: 9.617,06 euros.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cerámica Técnica de Henares, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/22.673/11)</texto>
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