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    <identificador>BOCM-20110705-95</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/07/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Torrejón de Ardoz número 4. Juicio de faltas 459 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>157</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 95 
 Juicio de faltas 459 de 2010 
  El secretario del Juzgado de instrucción número 4 de Torrejón de Ardoz.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 459 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Que debo condenar y condeno a doña Penélope Heras Victorio, como autora penalmente responsable de una falta contra los intereses generales prevista y penada en el artículo 631.2 del Código Penal, imponiéndole una pena de treinta días de multa, con 6 euros de cuota diaria, con responsabilidad personal subsidiaria de quince días en caso de impago, así como el pago de las costas causadas en este proceso.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Penélope Heras Victorio, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Torrejón de Ardoz, a 2 de junio de 2011..El secretario (firmado).
  (03/21.752/11)</texto>
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