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    <fecha_publicacion>2011/07/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Demanda 958 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 65 
 Demanda 958 de 2010 
  Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 958 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier García Roldán, contra las empresas “Construcciones y Estructuras Rayman, Sociedad Limitada”, y “Sedesa, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 317 de 2011
  En Madrid, a 20 de mayo de 2011..Doña María Romero-Valdespino Jiménez, magistrada-juez de lo social del número 11 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Javier García Roldán, que comparece asistido por el letrado don Sergio Janas Martín, y de otra, como demandados, “Construcciones y Estructuras Rayman, Sociedad Limitada”, “Sedesa, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Estimando la demanda formulada por don Javier García Roldán, frente a “Construcciones y Estructuras Rayman, Sociedad Limitada”, “Sedesa, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada “Construcciones y Estructuras Rayman, Sociedad Limitada”, a abonar al actor la cantidad de 1.152,39 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.
  Respondiendo solidariamente la empresa codemandada “Sedesa, Sociedad Anónima”, sobre los conceptos salariales.
  Sin hacer pronunciamiento alguno respecto al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad legal subsidiaria en caso de insolvencia de la empresa.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Estructuras Rayman, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/21.628/11)</texto>
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