<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110624-94</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/06/24</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 2. Ejecución 152 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>148</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2011-06-24-148160620110165</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/06/24/BOCM-20110624-94.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/06/24/BOCM-20110624-94.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/06/24/BOCM-20110624-94.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 94 
 Ejecución 152 de 2010 
  Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 152 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Raúl Gustavo Melgarejo Flores, contra las empresas “Querol Ingenieros, Sociedad Limitada”, “Querol Proyectos Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, y “Querol Ingenieros y Obras, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 23 de mayo de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  En atención a lo expuesto, se acuerda:
  a)  Declarar a las ejecutadas “Querol Ingenieros, Sociedad Limitada”, “Querol Proyectos Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, y “Querol Ingenieros y Obras, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia parcial por importe de 5.432,25 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
  De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral, remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación en su parte dispositiva.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante, previa su solicitud para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..La secretaria judicial (firmado).
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Querol Ingenieros, Sociedad Limitada”, “Querol Proyectos Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, y “Querol Ingenieros y Obras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 23 de mayo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/20.767/11)</texto>
</documento>