<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110624-72</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/06/24</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 1. Demanda 388 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>148</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2011-06-24-148150620110329</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/06/24/BOCM-20110624-72.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/06/24/BOCM-20110624-72.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/06/24/BOCM-20110624-72.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 72 
 Demanda 388 de 2010 
  Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 388 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Elva Abendaño Padilla, contra la empresa “Proyectos Integrales de Limpieza, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 161 de 2011
  En Madrid, a 1 de abril de 2011..Vistos por don Antonio Martínez Melero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Madrid, el juicio promovido en reclamación de cantidad, a instancias de doña Elva Abendaño Padilla, frente a la empresa “Proyectos Integrales de Limpieza, Sociedad Anónima”.
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por doña Elva Abendaño Padilla, absuelvo de sus pretensiones a la empresa “Proyectos Integrales de Limpieza, Sociedad Anónima”.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Proyectos Integrales de Limpieza, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de mayo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/20.697/11)</texto>
</documento>