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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/06/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Demanda 1.361 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>148</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 250 
 Demanda 1.361 de 2009 
  Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.361 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ilter German Jumbo Cordova contra “Aislamientos y Montajes Americanos, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado resolución, cuyo tenor literal dice:
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña María Victoria Esteban Delgado..En Móstoles, a 3 de junio de 2011.
  Visto el estado de las actuaciones y resultando que la parte codemandada, “Aislamientos y Montajes Americanos, Sociedad Limitada”, se encuentra en ignorado paradero, cítese a la misma por medio de edictos, que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado. Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán en los estrados (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Todo ello de conformidad con los artículos 157.2 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Se acuerda, asimismo, citar al Fondo de Garantía Salarial, dándole traslado a la demanda, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley de Procedimiento Laboral, a fin de que comparezca ante este Juzgado para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, señalado para el día 1 de diciembre de 2011, a las diez y cincuenta horas.
  Requiérase a la parte actora para que en el término de quince días, en caso de conocer algún otro domicilio de la mercantil “Aislamientos y Montajes Americanos, Sociedad Limitada”, nos lo aporte y en caso contrario no es necesario manifestación alguna.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aislamientos y Montajes Americanos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 3 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/21.542/11)</texto>
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