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    <fecha_publicacion>2011/06/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 20. Demanda 1.312 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 167 
 Demanda 1.312 de 2010 
  Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.312 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Óscar Fernández de la Puente, contra la empresa “Kartón Ibérica, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 6 de abril de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 164 de 2011
  En Madrid, a 6 de abril de 2011..Doña Teresa Orellana Carrasco, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 20 de Madrid y su provincia, tras haber visto los presentes autos número 1.312 de 2010, sobre despido, seguidos a instancias de don Óscar Fernández de la Puente, contra la empresa “Kartón Ibérica, Sociedad Anónima”, que no comparece pese a estar citada en legal forma, en nombre de Su Majestad el Rey ha pronunciado la siguiente sentencia.
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por don Óscar Fernández de la Puente, contra la empresa “Kartón Ibérica, Sociedad Anónima”, que no comparece, pese a estar citada en legal forma, debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte actora de fecha de efectos de 2 de septiembre de 2010, condenando a la empresa demandada a que, a su elección, que deberá manifestar en el plazo de los cinco días siguientes al de la notificación de esta sentencia, le readmita en su mismo puesto de trabajo o le indemnice en la suma de 45.371,29 euros, entendiéndose que de no hacerlo en el plazo indicado opta por lo primero, y en todo caso con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la notificación de la presente sentencia a razón de 57,89 euros y con descuento de los períodos de prestación de servicios para otras empresas.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Kartón Ibérica, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 25 de mayo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/20.603/11)</texto>
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