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    <identificador>BOCM-20110624-159</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/06/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 17. Demanda 463 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 159 
 Demanda 463 de 2010 
  Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 463 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fredin Gaona Solano, contra las empresas “Tarimas Obregón, Sociedad Limitada”, y “Decoraciones Taripar, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia con fecha 19 de mayo de 2011, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que desestimando la demanda formulada por don Fredin Gaona Solano, contra “Tarimas Obregón, Sociedad Limitada”, y “Decoraciones Taripar, Sociedad Limitada”, debo absolver y absuelvo a las empresas demandadas de los pedimentos formulados.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Tarimas Obregón, Sociedad Limitada”, y “Decoraciones Taripar, Sociedad Limitada”,, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 19 de mayo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/20.877/11)</texto>
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