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    <identificador>BOCM-20110623-105</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/06/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Santa María de la Alameda. Régimen económico. Padrón impuesto bienes inmuebles naturaleza urbana</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>147</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Santa María de la alameda</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 105 
 Padrón impuesto bienes inmuebles naturaleza urbana 
  El Pleno del Ayuntamiento de Santa María de la Alameda, en sesión celebrada el 27 de abril de 2011, adoptó el acuerdo de aprobación inicial de los siguientes documentos:
  .	Padrón del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana.
  .	Padrón del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza rústica.
  .	Padrón sobre tasa de licencia de autotaxi.
  .	Padrón del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
  .	Padrón de tasa por recogida de basuras.
  .	Matricula del impuesto de actividades económicas.
  Plazo de exposición y admisión de reclamación: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Plazo de cobro: del 1 de julio al 15 de noviembre.
  Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.
  Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento de Santa María de la Alameda.
  De no presentarse reclamaciones, el acuerdo de aprobación inicial será automáticamente elevado a definitivo.
  En Santa María de la Alameda, a 5 de mayo de 2011..La alcaldesa, María Begoña García Martín.
  (02/4.424/11)</texto>
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