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    <identificador>BOCM-20110620-280</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/06/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Guadalajara número 2. Autos 680 de 2010-L</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>144</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 280 
 Autos 680 de 2010-L 
  Doña Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.
  Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 680 de 2010-L de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Pinés Garrigó, contra la empresa “Tiplascor, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, se ha dictado con fecha 5 de mayo de 2011 la sentencia, cuyo fallo es como sigue:
  Fallo
  Que estimo la demanda en reclamación de cantidad interpuesta por don José Luis Pinés Garrigó, contra “Tiplascor, Sociedad Limitada”, y condeno a la citada empresa a que le abone la cuantía bruta de 3.926,85 euros.
  Que condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por los anteriores pronunciamientos.
  Y para que sirva de notificación a la empresa demandada “Tiplascor, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el “Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara” y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.
  En Guadalajara, a 9 de mayo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/19.965/11)</texto>
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