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    <identificador>BOCM-20110617-19</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Educación</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2011/06/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Profesores de religión
– Resolución de 1 de junio de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se modifica la Resolución de 17 de mayo de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula el procedimiento de adjudicación de vacantes para profesores de religión para el curso 2011-2012 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de mayo)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>142</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>B) Autoridades y Personal</apartado>
    <organismo>Consejería de Educación</organismo>
    <tipo_disposicion>RESOLUCIÓN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  B) Autoridades y Personal 
  CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 
 
 19 
 RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se modifica la Resolución de 17 de mayo de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula el procedimiento de adjudicación de vacantes para profesores de religión para el curso 2011-2012 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de mayo). 
  Apreciados errores materiales y de omisión en la Resolución de 17 de mayo de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se regula el procedimiento de adjudicación de vacantes para profesores de religión para el curso 2011-2012 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de mayo), esta Dirección General
  HA RESUELTO
  Modificar dicha Resolución en los siguientes términos:
  Primero
  Se publica de nuevo el Anexo III completo, el Anexo IV completo y el Anexo V completo.
  Segundo
  Se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, solo para los afectados por la presente corrección de errores.
  Tercero
  Rectificar el apartado decimotercero de la Resolución de 17 de mayo de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos, relativo a los recursos frente a la misma, en el sentido siguiente:
  .	Donde dice: “Contra la presente Resolución los interesados podrán interponer reclamación previa a la vía judicial laboral ante la Consejería de Educación, de conformidad con lo establecido en los artículos 120 y 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 53.7 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid”.
  .	Debe decir: “Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso de alzada ante el Viceconsejero de Organización Educativa, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 44 de la Ley de 13 de diciembre de 1983 de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común”.
  Cuarto
  Abrir un nuevo plazo para la interposición de recurso de alzada frente a la Resolución de 17 de mayo de 2011, de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución.
  Los interesados que ya hubieran interpuesto reclamación previa en tiempo y forma frente a la Resolución señalada no deberán interponer ahora recurso administrativo, tramitándose las mismas como recurso de alzada.
  Madrid, a 1 de junio de 2011..El Director General de Recursos Humanos, Miguel Zurita Becerril.
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  (03/20.991/11)</texto>
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