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    <fecha_publicacion>2011/06/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 29. Demanda 458 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN
 
 240 
 Demanda 458 de 2010 
  Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 458 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Dolores Soriano Torres, doña Kazimiera Lucyna Flis, doña María del Rosario Díaz Hoyas, doña Alina Manole, doña Ángela Mihaela Stoian, doña Ionela Maga, doña Fatiha Doudou, doña María Concepción Blasco Iglesias, doña Celsa Rodríguez Rodríguez y doña Myriam Bedoya Cifuentes, contra don Fernando Lederer Urbán, “Hotel-Residencia Palmi, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial y don Francisco Javier Díaz Gálvez de la Cámara (administrador concursal de “Hotel-Residencia Palmi, Sociedad Limitada”), sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Elena Mónica de Celada Pérez..En Madrid, a 11 de abril de 2011.
  Presentado el anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado del mismo mediante copia a la parte contraria.
  Se tiene por ampliada la demanda en los términos requeridos en el acta de suspensión de fecha 31 de marzo de 2011 y, en consecuencia, cítese a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, en única convocatoria, para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, señalándose para tales actos la audiencia del día 24 de noviembre de 2011, a las nueve y cincuenta horas, en la Sala de vistas de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, octava planta, de Madrid.
  Hágase entrega al Fondo de Garantía Salarial, contra el que se ha ampliado la demanda, de copia de la demanda presentada y resto de los documentos, advirtiendo a las partes lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación y citación en legal forma a “Hotel-Residencia Palmi, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de mayo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/19.970/11)</texto>
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