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    <fecha_publicacion>2011/06/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 28. Juicio de faltas 363 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>134</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 28</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 28 
 EDICTO
 
 93 
 Juicio de faltas 363 de 2011 
  El secretario del Juzgado de instrucción número 28 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 363 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Vistos por el ilustrísimo señor don Mariano Ascandoni Lobato, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 28 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 363 de 2011, seguidos por una falta de hurto, en los que ha sido partes el señor fiscal, y como implicados: don Ram Mehta, don Anthony Jacques Bosseche, don Malik Nacereddine y don Mustapha Khaldi, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dictó la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Anthony Jacques Bosseche, don Malik Nacereddine y don Mustapha Khaldi, como autores responsables de una falta de hurto en grado de tentativa, ya descrita, a la pena, para cada uno, de treinta días de multa, con una cuota diaria de 3 euros, caso de impago habrán de cumplir un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, todo ello imponiéndoles las costas, en su caso causadas, por iguales partes.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Ram Mehta, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 11 de mayo de 2011..El secretario (firmado).
  (03/18.726/11)</texto>
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