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    <identificador>BOCM-20110608-87</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES 2016</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/06/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Mancomunidad de Servicios Sociales 2016. Organización y funcionamiento. Ordenanza servicio ayuda a domicilio</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>134</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES 2016</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES “2016” 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Ordenanza servicio ayuda a domicilio 
  La Junta de Vocales de la Mancomunidad de Servicios Sociales “2016”, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de mayo de 2011, acordó aprobar inicialmente la nueva ordenanza reguladora de la prestación del servicio de ayuda a domicilio, que vendría a sustituir íntegramente a la ordenanza reguladora de la prestación del servicio de ayuda a domicilio, hasta ahora vigente.
  A efectos de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el expediente de modificación se halla expuesto al público en la Secretaría de este Ayuntamiento a fin de que los interesados legítimos puedan en el plazo de treinta días a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, examinar el expediente y presentar reclamaciones que estimen oportunas.
  En caso de que no se presenten reclamaciones, se entenderá elevado a definitivo el acuerdo hasta entonces provisional.
  En Fuente el Saz de Jarama, a 11 de mayo de 2011..El presidente (firmado).
  (03/19.268/11)</texto>
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