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    <titulo>León número 1. Autos 396 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>134</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE LEÓN NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE LEÓN NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 242 
 Autos 396 de 2011 
  Doña Carmen Ruiz Mantecón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de León.
  Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 396 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mohammed Habti, contra las empresas “Gestión de Servicios Auxiliares Almi, Sociedad Limitada”, “Infraestructuras Terrestres Intersa, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Admitir la demanda presentada.
  Señalar para el día 5 de junio de 2012, a las nueve y diez horas, la celebración del acto de conciliación ante la secretaria judicial, y para el día 5 de junio de 2012, a las nueve cuarenta y cinco horas, la celebración, en su caso, del acto de juicio.
  Citar a las partes en legal forma, con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio podrá la secretaria judicial, en primer caso, y el magistrado-juez, en el segundo, tener al actor por desistido de su demanda, y si se tratase de los demandados, no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando estos sin necesidad de declarar su rebeldía.
  Antes de la notificación de esta resolución a las partes paso a dar cuenta a su señoría del señalamiento efectuado por la secretaria judicial encargada de la Agenda Programada de Señalamientos.
  Notifíquese a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gestión de Servicios Auxiliares Almi, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En León, a 18 de mayo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/19.349/11)</texto>
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