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    <identificador>BOCM-20110608-21</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2011/06/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Modificación del Plan Parcial del Suelo Urbanizable No Programado 4.01 Ciudad Aeroportuaria-Parque de Valdebebas. Distritos Hortaleza y Barajas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>134</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda - Dirección General de Planeamiento Urbanístico - Subdirección General de Planificación General y Periferia Urbana - Departamento de Renovación Urbana</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 Dirección General de Planeamiento Urbanístico
 Subdirección General de Planificación General y Periferia Urbana
 Departamento de Renovación Urbana
 
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 Distritos Hortaleza y Barajas 
  El excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 27 de abril de 2011, adoptó el siguiente acuerdo:
  «Primero..Aprobar definitivamente la modificación del Plan Parcial del Suelo Urbanizable No Programado 4.01 “Ciudad Aeroportuaria-Parque de Valdebebas”, promovida por la Junta de Compensación del ámbito, con estimación parcial de las alegaciones presentadas durante el trámite de información pública, de conformidad con el informe de la Dirección General de Planeamiento Urbanístico, según lo previsto en el artículo 59 en relación con el 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Distritos de Hortaleza y Barajas.
  Segundo..Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid».
  Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido, con fecha 10 de mayo de 2011, un ejemplar de la tercera Modificación del Plan Parcial aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.3 de la Ley de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, en relación con el artículo 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1988, todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
  Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 39/1994, de 30 de diciembre, a continuación se publica el texto de la Normativa de la tercera Modificación del Plan Parcial de referencia que figura en el documento:
   							Ver en documento PDF 						 
  Madrid, a 16 de mayo de 2011..El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
  (02/4.851/11)</texto>
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