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    <identificador>BOCM-20110608-184</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/06/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 19. Ejecución 53 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>134</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 184 
 Ejecución 53 de 2010 
  Don Alfonso Lozano de Benito, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 53 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gueorgui Castaño Heranz y don Iván Fernández Cano, contra la empresa “Gestión Integral de Callejeros, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:
  Acuerdo: Tener al Fondo de Garantía Salarial por subrogado en el presente procedimiento en los derechos y acciones de los trabajadores don Gueorgui Castaño Heranz en la cuantía de 1.712,88 euros y don Iván Fernández Cano en la cuantía de 1.712,88 euros.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gestión Integral de Callejeros, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y, en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de mayo de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/18.254/11)</texto>
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