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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/06/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Ejecución 352 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>134</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 153 
 Ejecución 352 de 2010 
  Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 352 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Verónica Romero Cala, doña Asunción Villalba Hernández, doña Azucena Valero Prado, don José Manuel Lozano Monreal, don Ángel Espada Rodelgo, don Juan Sánchez Gómez y doña Pilar López Richart, contra la empresas “Llamas Senra, Sociedad Limitada”, “Ferretería El Ferial, Sociedad Limitada”, “Llasepesa, Sociedad Anónima”, “Ideal Ferretería, Sociedad Anónima”, “Máquinas a Punto, Sociedad Anónima”, y “Ferretería Las Alpujarra, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado los autos de fechas 16 de febrero de 2011 y 26 de abril de 2011 siguientes:
  Auto
  En Madrid, a 16 de febrero de 2011.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Debo declarar y declaro con esta fecha extinguida la relación laboral existente entre las partes, condenando solidariamente a las empresas demandadas “Llamas Senra, Sociedad Limitada”, “Ferretería El Ferial, Sociedad Limitada”, “Ideal Ferretería, Sociedad Anónima”, y “Ferretería Las Alpujarra, Sociedad Limitada”, a que abonen a la parte actora una indemnización (de la que deberá descontarse lo percibido, en su caso, por el despido objetivo), más otra cantidad complementaria equivalente a los salarios de tramitación que median desde la fecha del despido (13 de marzo de 2009) hasta la presente resolución, descontando los períodos en que hayan estado prestando servicios en otra empresa o en situación de incapacidad temporal.
  A doña Azucena Valero Prado: 15.312,37 euros de indemnización y 11.660,09 euros de salarios de tramitación.
  A doña Verónica Romero Cala: 11.263,20 euros de indemnización y 17.930,82 euros de salarios de tramitación.
  A don Ángel Espada Rodelgo: 15.801,29 euros de indemnización y 35.514,30 euros de salarios de tramitación.
  A doña Asunción Villalba Hernández: 22.876,53 euros de indemnización y 32.636,31 euros de salarios de tramitación.
  A don Juan Sánchez Gómez: 23.317,19 euros de indemnización y 19.391,19 euros de salarios de tramitación.
  A don José Manuel Lozano Monreal: 9.838,78 euros de indemnización y 31.290,12 euros de salarios de tramitación.
  A doña Pilar López Richart: 9.769,27 euros de indemnización y 12.077,53 euros de salarios de tramitación.
  Auto
  En Madrid, a 26 de abril de 2011.
  Parte dispositiva:
  No ha lugar a despachar la ejecución interesada por encontrarse la entidad ejecutada “Llamas Senra, Sociedad Limitada”, en situación de concurso.
  Hágase entrega a la parte actora de testimonio de la demanda y de la sentencias recaída en este procedimiento, así como de la presente resolución, y archívense las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ideal Ferretería, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 10 de mayo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/18.200/11)</texto>
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