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    <fecha_publicacion>2011/06/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 10. Demanda 784 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 145 
 Demanda 784 de 2010 
  Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 784 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Vaquero Guervos, contra la empresa “Prestige Jet, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 784 de 2010
  En Madrid, a 5 de mayo de 2011..Doña María Luisa Segura Rodríguez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 10 de Madrid, habiendo visto los presentes autos seguidos por cantidad, entre partes: de una, y como demandante, don Ángel Vaquero Guervos, asistido del letrado don Jesús Salvador Ruiz, y de otra, como demandados, “Prestige Jet, Sociedad Anónima”, que no compareció pese a estar citada en legal forma, y Fondo de Garantía Salarial, representado por el letrado don José Fernando Alonso Núñez, en nombre del Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando en parte la demanda interpuesta por don Ángel Vaquero Guervos, frente a la empresa “Prestige Jet, Sociedad Anónima”, condeno a la empresa demandada a abonar la cantidad de 35.092,86 euros íntegros, más al abono de 279.240 dirhams al valor existente el 7 de marzo de 2010, importes que no se incrementarán en el 10 por 100 en concepto de interés anual por mora.
  Respecto del Fondo de Garantía Salarial, no se efectúa declaración expresa de absolución o condena, sin perjuicio de sus obligaciones y con las limitaciones establecidas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Prestige Jet, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 9 de mayo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/18.202/11)</texto>
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