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    <fecha_publicacion>2011/06/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 7. Ejecución 66 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 132 
 Ejecución 66 de 2011 
  Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 66 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Castillo Gregorio, contra la empresa “Cerramientos Metálicos Pinto, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de 22 de noviembre de 2010 a favor de la parte ejecutante don David Castillo Gregorio, frente a “Cerramientos Metálicos Pinto, Sociedad Limitada”, por la suma de 3.015,03 euros de principal, más los intereses legales, y 301,50 euros y 301,50 euros provisionalmente calculados para intereses y costas.
  Parte dispositiva:
  En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitada, acuerdo: Requerir a “Sermant Communitas, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de diez días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en el caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sea suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.
  Procede a la averiguación de bienes de la ejecutada por medio del Punto Neutro Judicial.
  Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.
  Proceder al embargo de bienes de la ejecutada “Sermant Comumunitas, Sociedad Limitada”, en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachando ejecución, más las costas de ésta.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cerramientos Metálicos Pinto, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de mayo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/18.247/11)</texto>
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