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    <titulo>Madrid número 9. Procedimiento ordinario 521 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 9</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 9 
 EDICTO
 
 117 
 Procedimiento ordinario 521 de 2010 
  En los autos sobre procedimiento ordinario número 521 de 2010 se ha dictado la resolución de 9 de junio de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación:
  Fallo
  Con estimación de la demanda promovida por don Nuño Aquilino Muiños Fernández contra “Clínica Herón, Sociedad Limitada”, y “Centro Médico El Burgo, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución de la entidad “Clínica Herón, Sociedad Limitada”, y acuerdo nombramiento como liquidador de tal sociedad del auditor de cuentas que resulte designado según el puesto correlativo correspondiente a la lista corrida de peritos judiciales de tal titulación, a cuyo efecto se designarán, además, dos sustitutos, debiendo desarrollar las operaciones de liquidación conforme las reglas y trámites prevenidos en los artículos 383 a 394 del TRLSC.
  En materia de costas procede su imposición a los demandados.
  Notifíquese a las partes, indicándoles que esta sentencia no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que, en su caso, deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente.
  Líbrese testimonio literal de esta sentencia, que quedará en las actuaciones, con inclusión del original en el libro de sentencias de este Juzgado.
  Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  En el día de la fecha, el magistrado-juez que suscribe la presente resolución, ha procedido a publicarla mediante íntegra lectura, constituido en audiencia pública, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.
  Y para que sirva de notificación a la parte demandada, “Clínica Herón, Sociedad Limitada”, se expide la presente.
  En Madrid, a 2 de marzo de 2011..La secretaria (firmado).
  (02/4.596/11)</texto>
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