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    <fecha_publicacion>2011/06/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcalá de Henares número 3. Procedimiento 5 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>134</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 103 
 Procedimiento 5 de 2011 
  Doña Silvia Rodríguez Rodríguez, secretaria del Juzgado de instrucción número 3 de Alcalá de Henares.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 5 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Fallo
  Que debo absolver y absuelvo de toda responsabilidad penal por los hechos enjuiciados a don Florín Catana, con declaración de las costas de oficio.
  Notifíquese a las partes en la forma prevista por el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, haciendo saber que esta sentencia no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación, que deberá formalizarse ante este Juzgado.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Florín Catana, con número de extranjero 56.994, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcalá de Henares, a 26 de enero de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/18.731/11)</texto>
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