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    <identificador>BOCM-20110606-10</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2011/06/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Normas urbanísticas
– Resolución de 20 de mayo de 2011, por la que se hace público el Acuerdo relativo a la rectificación del error material detectado en el Plan Parcial de Ordenación del Sector 2-C, del núcleo urbano de Cerceda, que desarrolla las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de el Boalo-Cerceda-Mataelpino, promovido por el Ayuntamiento de el Boalo-Cerceda-Mataelpino (AC: 72/11)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>132</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO 
 
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 RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2011, por la que se hace público el Acuerdo relativo a la rectificación del error material detectado en el Plan Parcial de Ordenación del Sector 2-C, del núcleo urbano de Cerceda, que desarrolla las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de el Boalo-Cerceda-Mataelpino, promovido por el Ayuntamiento de el Boalo-Cerceda-Mataelpino (AC: 72/11). 
  La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 19 de mayo de 2011, examinó el expediente relativo a la rectificación del error material detectado en el Plan Parcial de Ordenación del Sector 2-C, del núcleo urbano de Cerceda, que desarrolla las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de El Boalo-Cerceda-Mataelpino, promovido por el Ayuntamiento de El Boalo-Cerceda-Mataelpino.
  En virtud del contenido de los informes técnico y jurídico, de 15 de abril de 2011 y 5 de mayo de 2011, respectivamente, emitidos por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General en fecha de 5 de mayo de 2011, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó el acuerdo del siguiente tenor literal:
  Primero
  Rectificación del error material detectado en el Plan Parcial de Ordenación del Sector 2-C, del núcleo urbano de Cerceda, que desarrolla las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de El Boalo-Cerceda-Mataelpino.
  Segundo
  Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Parcial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, y en www.madrid.org/cartografia, donde puede ser consultado.
  Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.
  Madrid, a 20 de mayo de 2011..El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.
  (03/19.118/11)</texto>
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