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    <fecha_publicacion>2011/06/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 41. Demanda 253 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 190 
 Demanda 253 de 2011 
  Don José Gayo Ydoate, secretario judicial del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 253 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jhon Jairo Restrepro Valencia, contra la empresa “Grupo Control Integral Comunidades, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:
  Sentencia número 89
  En Madrid, a 29 de abril de 2011..Don José Manuel Yuste Moreno, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 41 de Madrid, tras haber visto los presentes autos en materia de despido, seguidos a instancias de don Jhon Jairo Restrepro Valencia, con documento nacional de identidad número 51160861-Y, asistido de la letrada doña Ruth Tornedo Royo, contra la entidad “Grupo Control Integral Comunidades, Sociedad Anónima”, que no comparece, ha pronunciado en nombre del Rey el siguiente
  Fallo
  Que estimando como estimo la demanda formulada por don Jhon Jairo Restrepro Valencia, con documento nacional de identidad número 51160861-Y, contra la empresa “Grupo Control Integral Comunidades, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido efectuado por esta, así como la extinción de la relación laboral que les unía con efectos desde esta resolución judicial, condenando a la empresa al abono de una indemnización de 6.722,4 euros, sin que proceda abono de los salarios de tramitación y sin perjuicio de la obligación de cotizar durante el período del despido hasta esta sentencia por parte de la empresa.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Control Integral Comunidades, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de mayo de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/17.555/11)</texto>
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