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    <fecha_publicacion>2011/05/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 1. Demanda 1.828 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 117 
 Demanda 1.828 de 2008 
  Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1  de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.828 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Moll Santa Isabel, contra don Alfonso González de Marmol, “Construcciones Igma 2000, Sociedad Limitada”, doña Teresa Aragón Sánchez, doña Belén Carvajal Gómez Cano, “Pirámides Instal, Sociedad Limitada”, y “Labici Construcciones y Reformas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado  la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 7 de abril de 2011..Visto por el ilustrísimo señor don Antonio Martínez Melero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta ciudad, el incidente promovido por el ejecutante de estas actuaciones contra la empresa ejecutada.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Que declaro definitivamente extinguida en la fecha de esta resolución la relación laboral entre las partes y condeno a “Construccionese Igma 2000, Sociedad Limitada”, a abonar a don Félix Hernangómez García una indemnización por despido de 14.933,54 euros, y el importe de 52.763,52 euros en concepto de salarios de tramitación.
  Asismismo, en la calidad que ostentan de administradores concursales, impongo a doña Teresa Aragón Sánchez, doña Belén Carvajal Gómez-Cano, “Labici Construcciones y Reformas, Sociedad Limitada”, y don Alfonso González de Marmol la obligación de estar y pasar por la precedente condena de la empresa ejecutada.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Igma 2000, Sociedad Limitada”, doña Belén Carvajal Gómez Cano y “Labici Construcciones y Reformas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 12 de abril de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/15.255/11)</texto>
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